PROTOCOLO elaborado por EUSKALDENDAK para la aplicación de medidas para AUTONOMOS.

INDICE DE CONTENIDOS

A. PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA PARA AUTÓNOMOS
1. ¿Quién puede solicitarlo?
¿También pueden pedirlo los AUTÓNOMOS/AS societarios o administradores?
¿También pueden pedirlo los AUTÓNOMOS/AS que tienen trabajadores/as a su cargo?
2. ¿Dónde puedo solicitarlo?
¿Qué documentación debo aportar?
3. ¿Cuánto ingresa el autónomo?
4. ¿Hay algún periodo mínimo de cotización para solicitarla?
5. ¿Pueden denegar la prestación?
6. ¿El autónomo debe seguir pagando su cuota?
7. ¿Esta prestación cotiza a la Seguridad Social?

1. ¿Qué es un ERTE?
2. ¿Qué tipos de ERTE existen?
3. ¿Qué empresas pueden solicitar un ERTE por fuerza mayor?
4. ¿Cualquier empresa que haga un ERTE podrá beneficiarse de la exoneración de cotizaciones sociales?
5. ¿Se pagará desempleo a todos los trabajadores/as del ERTE?
6. ¿La cotización por desempleo de este ERTE por emergencia se tendrá en cuenta
para el cálculo de futuras prestaciones?
7. ¿Qué tiene que hacer el trabajador/a?
8. ¿Cómo se inicia el ERTE?
9. ¿Dónde debo presentar el ERTE?
10. ¿Documentación necesaria?
11. ¿Cuándo se hace efectivo un ERTE por fuerza mayor?

ERTE POR CAUSAS ECONOMICAS/ORGANIZATIVAS
¿Cuándo puede presentarse un ERTE por causa económica, técnica, organizativa y de producción?
¿Cómo se regula el procedimiento del ERTE por causa económica, técnica, organizativa y de producción según el RD-Ley?
¿Qué ventajas tienen las empresas que lleven a cabo estas medidas?
¿Qué mejora el RD-Ley en relación al desempleo por causa de ERTE?

Mas información en nuestra web www.bizkaidendak.eus

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